Para el fomento de actividades de comercialización
subvenciones turismo | 2010
Para el fomento de actividades de comercialización
Subvenciones a Agencias de Viaje para el fomento de actividades de comercialización turística | COMUNIDAD AUTONOMA DE CANTABRIA.
Beneficiarios
Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones los titulares de las pequeñas y medianas empresas turísticas, ya sean personas físicas o jurídicas, domiciliadas en Cantabria o que, al menos, tengan un centro de actividad ubicado en la Comunidad Autónoma de Cantabria, constituidas legalmente como Agencias de Viajes con anterioridad a la entrada en vigor de la presente Orden.
Gastos subvencionables.
1. Serán gastos subvencionables los que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada, y se realicen y paguen dentro del año 2010.
2. En concreto, se considerarán gastos subvencionables los derivados de las siguientes actuaciones:
a) Inversiones dirigidas al posicionamiento de las empresas turísticas en Internet, y específicamente marketing on-line y turismo 2.0. No será subvencionable la elaboración de páginas web.
b) Publicidad en los medios de comunicación e Internet de los viajes combinados y de turismo receptivo hacia Cantabria.
3. En ningún caso serán subvencionables los gastos de mantenimiento y conservación de la empresa turística solicitante.
Plazo de presentación
Solicitudes desde el Día: 07-MAY-2010
Solicitudes hasta el Día: 31-MAY-2010
formulario solicitud información subvención


